Se publico en el boletín oficial N° 32972 del 19/09/2014 la Resolución N° 166/2014 que prorroga la entrada en vigencia de dicha ley al 31/03/2015 :

 

ARTICULO 2º.- Los medidores de energía eléctrica activa en corriente alterna, que se fabriquen, comercialicen e importen en el país deberán cumplir con el Reglamento Técnico y Metrológico para los Medidores de Energía Eléctrica Activa en Corriente Alterna aprobado por el Artículo 1º de la presente resolución, a partir del día 31 de marzo de 2015”.

Res.SC 166.14